Ganan amparo líderes sociales

Ciudad Obregón, Sonora
28 de noviembre de 2011


Andres Miranda C.

Revocan auto de formal prisión en contra de líderes sociales.


El Magistrado del Quinto Circuito señala que no hay delito que perseguir.

Con fecha a 11 de noviembre de este año el Magistrado del Quinto Circuito decretó auto de libertad en favor de los líderes sociales LUIS ALFONSO VALENZUELA SEGURA, MANUEL ARENAS CABALLERO, ALEJANDRO TAPIA VILLEGAS, MANUEL RODRIGUEZ SERVIN, OMAR RODRIGUEZ VALENZUELA, JULIETA PLIEGO ESCARCEGA Y JUAN MANUEL TERÁN URQUIJO por falta de elementos para procesarlos por el delito de peculado.

Los líderes sociales habían sido acusados por la Auditoría Superior de la Federación y la Juez Octavo de Distrito resolvió que eran culpables de haber cometido delito de peculado el pasado 3 de agosto, pero en esa fecha obtuvieron su libertad inmediata provisional mediante el pago de una fianza, hasta en tanto se resolviera la sentencia de fondo.

Después de esa resolución de la Juez, los líderes se inconformaron y acudieron ante el Magistrado del Quinto Circuito con sede en Hermosillo y este último resolvió que no había elementos para procesar, ya que la juez federal había realizado una errónea valoración de las pruebas señalando que no eran aptas y bastantes, por lo que el resolutivo de formal prisión estaba violando las garantías individuales de los líderes campesinos dando con ello un revés a la Auditoria Superior de la Federación que fue la instancia que los acusaba.

Los líderes de las diferentes organizaciones sociales obtuvieron recursos federales del programa Organízate de la SAGARPA en el año 2009 para capacitación de sus agremiados, cosa que comprobaron en su momento, pero la acusación de la Auditoría Superior de la Federación inició un proceso penal en contra de ellos porque dicha capacitación no se ofreció en el mismo domicilio que se había convenido, si no que las capacitaciones se ofrecieron en un lugar distinto al señalado y ello fue considerado suficiente para pretender inculparlos y dictar formal prisión por la Juez de Obregón; sin embargo, el Magistrado del Quinto Circuito señala en su resolución que el haber dado la capacitación en lugar diferente al señalado no es causa para inculparlos por el delito de peculado, puesto que los recursos nunca fueron desviados para ser utilizados en cosa diferente de lo comprometido, ni para provecho personal de los líderes y que lo único que se hizo fue cambiar la sede capacitación y ello no significa que haya desvío de recursos, por lo que no se puede considerar que se comete con ello delito alguno.

Con esta resolución del tribunal federal los líderes sociales cierran un capítulo al declararlos inocentes del delito que se les inculpaba y al decretarse auto de libertad definitiva en favor de LUIS ALFONSO VALENZUELA SEGURA, MANUEL ARENAS CABALLERO, ALEJANDRO TAPIA VILLEGAS, MANUEL RODRIGUEZ SERVIN, OMAR RODRIGUEZ VALENZUELA, JULIETA PLIEGO ESCARCEGA Y JUAN MANUEL TERÁN URQUIJO.